El Tribunal Superior veta una antena de telefonía por estar próxima a edificios catalogados

VIGO

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha ratificado la ilegalidad de la antena existente en el número 3 de Policarpo Sanz, a pocos metros del Centro Cultural Caixanova. Un juzgado vigués se había pronunciado en la misma línea.

El litigio se originó cuando la empresa Retevisión Móvil solicitó en el 2003 licencia para una antena de telefonía móvil en el tejado del inmueble. En aquel momento ya se encontraba instalada, según el Concello por haberlo hecho «de manera clandestina». La solicitud de licencia fue rechazada por el edil de Urbanismo en el 2006, lo que provocó el recurso ante los tribunales.

La desestimación se debió a que las licencias estaban suspendidas por la tramitación entonces del Plan Xeral. También por considerar el Concello que vulneraba la ordenanza municipal e igualmente la Louga «por falta de adaptación al entorno». Esta valoración fue asumida igualmente por la comunidad de propietarios del inmueble.

Retevisión basó su demanda en que es titular de un servicio público de interés general y que había modificado la instalación para reducir su impacto visual. Por otra parte, resaltó que el edificio en cuestión no se encuentra incorporado al catálogo de edificios a conservar y que existían otras en la zona y carteles de bancos. Pero la comisión de seguimiento de los edificios catalogados se opuso.

El titular del juzgado de lo contencioso administrativo número 2 afirma que la restricciones a las antenas afectan no solo a los inmuebles catalogados «como parece entender la recurrente, sino también a aquellos otros que no estándolo por su singularidad en el paisaje urbano lo merezcan». Destaca que hay otros próximos, caso del centro cultural Caixanova, y debe evitarse el impacto visual.